{"id":10654,"date":"2025-06-30T11:36:24","date_gmt":"2025-06-30T14:36:24","guid":{"rendered":"https:\/\/nexloo.com\/es\/contrato-del-usuario\/"},"modified":"2025-06-30T11:36:24","modified_gmt":"2025-06-30T14:36:24","slug":"contrato-del-usuario","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/nexloo.com\/es\/contrato-del-usuario\/","title":{"rendered":"Contrato del Usuario"},"content":{"rendered":"<style>\/*! elementor - v3.21.0 - 26-05-2024 *\/<br \/>.elementor-heading-title{padding:0;margin:0;line-height:1}.elementor-widget-heading .elementor-heading-title[class*=elementor-size-]>a{color:inherit;font-size:inherit;line-height:inherit}.elementor-widget-heading .elementor-heading-title.elementor-size-small{font-size:15px}.elementor-widget-heading .elementor-heading-title.elementor-size-medium{font-size:19px}.elementor-widget-heading .elementor-heading-title.elementor-size-large{font-size:29px}.elementor-widget-heading .elementor-heading-title.elementor-size-xl{font-size:39px}.elementor-widget-heading .elementor-heading-title.elementor-size-xxl{font-size:59px}<\/style>\n<h1>CONTRATO DE PRESTACI\u00d3N DE SERVICIOS DE LICENCIAMIENTO DE SOFTWARE &#8211; SAAS<\/h1>\n<p>CONTRATO DE PRESTACI\u00d3N DE SERVICIOS DE LICENCIAMIENTO DE SOFTWARE &#8211; SAAS<\/p>\n<p>Por el presente instrumento particular de \u201cContrato de Prestaci\u00f3n de Servicios de Licenciamiento de Software \u2013 SaaS\u201d, en la mejor forma de derecho, se hacen entre s\u00ed:<\/p>\n<p>De una parte, EVOLVY COMUNICA\u00c7\u00c3O OMNICHANNEL LTDA, persona jur\u00eddica de derecho privado, inscrita en el CNPJ con el n\u00b0 48.595.294\/0001-78, con sede en Rua Cap Doutor Ant\u00f4nio Jos\u00e9 n\u00ba 915, CEP 81.810-340, Curitiba\/PR, en adelante denominada CONTRATADA;<\/p>\n<p>De otra parte, el CONTRATANTE, calificado de acuerdo con el registro electr\u00f3nico realizado en nuestro sitio web, en adelante denominado CONTRATANTE o CLIENTE;<\/p>\n<p>Tienen entre s\u00ed, justo y contratado, el presente CONTRATO DE PRESTACI\u00d3N DE SERVICIOS DE LICENCIAMIENTO DE SOFTWARE &#8211; SAAS, que se concretar\u00e1 mediante las siguientes cl\u00e1usulas y condiciones:<\/p>\n<p>CL\u00c1USULA PRIMERA &#8211; OBJETO<br \/>\n1.1. El objeto del presente Contrato es el suministro del servicio de puesta a disposici\u00f3n del acceso al software NEXLOO en la modalidad SaaS (tambi\u00e9n denominada Software as a Service), conforme se especifica a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<p>1.1.1. DISPONIBILIZACI\u00d3N: posibilitar el acceso del CONTRATANTE al software NEXLOO a trav\u00e9s de internet, garantizando el m\u00e1ximo de \u201cuptime\u201d y rendimiento de la herramienta, utilizando la infraestructura de servidores elegida a criterio exclusivo de la CONTRATADA;<\/p>\n<p>1.1.2. LICENCIAMIENTO: contempla el licenciamiento para el uso del software de atenci\u00f3n de NEXLOO, no contemplando otros software de la CONTRATADA;<\/p>\n<p>1.1.3. MANTENIMIENTO: actualizaciones y aplicaci\u00f3n de correcciones del software NEXLOO e infraestructura, mediante necesidad y programaci\u00f3n;<\/p>\n<p>1.1.4. SOPORTE: recepci\u00f3n y tratamiento de errores en la infraestructura de los servidores de la nube reportados por el CONTRATANTE, generando las respectivas correcciones.<\/p>\n<p>1.2. No est\u00e1 incluido en el alcance de este contrato:<\/p>\n<p>1.2.1. Acceso directo a la infraestructura, incluyendo, pero sin limitarse, acceso a la Base de Datos, consola de administraci\u00f3n, sistema operativo, servicio de puesta a disposici\u00f3n de p\u00e1ginas web, entre otros;<\/p>\n<p>1.2.2. Servicios de: CONFIGURACI\u00d3N, ADMINISTRACI\u00d3N, ENTRENAMIENTO, CONSULTOR\u00cdA, IMPLANTACIONES, CARGA DE DATOS, HOMOLOGACIONES, PERSONALIZACIONES e INTEGRACIONES;<\/p>\n<p>1.2.3. Ning\u00fan producto o servicio relacionado con la infraestructura del CONTRATANTE, incluyendo, pero sin limitarse, acceso a internet, firewalls, proxy, navegadores, estaciones, computadoras, entre otros;<\/p>\n<p>1.2.4. Cualquier otro servicio o producto que no est\u00e9 claramente descrito en este documento, pudiendo eventualmente ser contratado por separado.<\/p>\n<p>1.3. Servicios opcionales (complementarios): mediante aceptaci\u00f3n en propuesta, pueden a\u00f1adirse los siguientes servicios opcionales, facturados mensualmente:<\/p>\n<p>a) Conexi\u00f3n adicional;<br \/>\nb) Acceso de usuario adicional;<br \/>\nc) Chatbot;<br \/>\nd) Integraciones con herramientas;<br \/>\ne) PABX Virtual;<\/p>\n<p>CL\u00c1USULA SEGUNDA \u2013 PRECIOS, CONDICIONES DE PAGO, FACTURACI\u00d3N Y AJUSTES<\/p>\n<p>2.1. Los precios y condiciones de facturaci\u00f3n y pago est\u00e1n especificados en la Propuesta Comercial acordada, la cual es parte integrante de este instrumento.<\/p>\n<p>2.2. Todos los valores asociados con el licenciamiento o la prestaci\u00f3n de servicios utilizados, ser\u00e1n actualizados monetariamente de acuerdo con la variaci\u00f3n del IPCA o, en su suspensi\u00f3n, no divulgaci\u00f3n o extinci\u00f3n, por cualquier otro \u00edndice oficialmente estipulado por el Gobierno Federal.<\/p>\n<p>2.3. Los pagos acordados en la Propuesta Comercial referentes al objeto de este instrumento se realizar\u00e1n siempre en la modalidad prepaga, siempre en el d\u00eda estipulado en la propuesta comercial. La verificaci\u00f3n de la efectividad del uso se realizar\u00e1 siempre el primer d\u00eda h\u00e1bil del mes siguiente, gener\u00e1ndose facturaci\u00f3n adicional de todo lo que se haya utilizado de forma excedente en el mes anterior para la pr\u00f3xima factura.<\/p>\n<p>CL\u00c1USULA TERCERA \u2013 PENALIDADES Y TRIBUTOS<br \/>\n3.1. En caso de retraso en el pago, incidir\u00e1 sobre el valor debido una multa del 2% (dos por ciento) y los intereses moratorios legales al mes.<\/p>\n<p>3.2. Despu\u00e9s de 30 (treinta) d\u00edas de la fecha de vencimiento, no habiendo el pago de su deuda, la CONTRATADA se reserva el derecho de interrumpir, independientemente de cualquier aviso o comunicaci\u00f3n, la prestaci\u00f3n de los servicios, a trav\u00e9s del bloqueo del(los) servicio(s), sin que el CONTRATANTE tenga derecho a cualquier indemnizaci\u00f3n, de cualquier \u00edndole. La reactivaci\u00f3n ocurrir\u00e1 en hasta 16 horas h\u00e1biles despu\u00e9s del pago de todas las deudas\/multas existentes en la ocasi\u00f3n.<\/p>\n<p>3.2.1. La CONTRATADA queda tambi\u00e9n autorizada a registrar eventuales protestas en notar\u00edas, registros en \u00f3rganos de protecci\u00f3n al cr\u00e9dito y dem\u00e1s acciones cabibles, sin ning\u00fan costo para la CONTRATADA.<\/p>\n<p>3.2.2. La CONTRATADA se reserva el derecho de no aceptar nuevas solicitudes de servicios emanadas del CONTRATANTE, si este se encuentra en deuda.<\/p>\n<p>3.3. La recaudaci\u00f3n de tributos, impuestos, tasas y contribuciones de cualquier tipo, aplicables, que existan o puedan existir, relativos al presente Contrato, ser\u00e1 responsabilidad del sujeto pasivo de la obligaci\u00f3n tributaria, conforme definido en la ley. La CONTRATADA declara que en los precios indicados en la Propuesta Comercial\/Nota Fiscal est\u00e1n incluidos todos los tributos y cargos incidentes en este tipo de transacci\u00f3n.<\/p>\n<p>CL\u00c1USULA CUARTA &#8211; CONDICIONES DE LA PRESTACI\u00d3N DE LOS SERVICIOS<br \/>\n4.1. El acceso no podr\u00e1 ser realizado por un n\u00famero total de usuarios superior al especificado en el \u00edtem pertinente a este servicio descrito en la Propuesta Comercial acordada. En caso de detectarse un uso superior al contratado, podr\u00e1n facturarse adicionalmente.<\/p>\n<p>4.2. Est\u00e1 terminantemente prohibido el alquiler, pr\u00e9stamo, comodato o arrendamiento del entorno disponible, a quienquiera que sea y\/o a cualquier t\u00edtulo sin la autorizaci\u00f3n expresa y formal de la CONTRATADA.<\/p>\n<p>4.3. La CONTRATADA, siempre que se observen las obligaciones a cargo del CONTRATANTE previstas en el presente contrato, tiene como objetivo ofrecer y se propone mantener un 98% de disponibilidad anual del entorno de PRODUCCI\u00d3N del software NEXLOO durante el horario de lunes a viernes, de 0:00 a 23:59, excepto feriados, o conforme acordado en la propuesta comercial, no considerando en la contabilizaci\u00f3n de este \u00edndice los siguientes eventos:<\/p>\n<p>a. Fallo en la conexi\u00f3n (\u201clink\u201d) proporcionada por la empresa de telecomunicaciones encargada de la prestaci\u00f3n del servicio, sin culpa de la CONTRATADA;<\/p>\n<p>b. Fallos de utilizaci\u00f3n o sobrecarga del servidor causada por una utilizaci\u00f3n no optimizada por parte del CONTRATANTE;<\/p>\n<p>c. Fallos en la infraestructura del CONTRATANTE, incluyendo, pero no limit\u00e1ndose, a actualizaciones de software de navegaci\u00f3n, antivirus y otros que puedan causar incompatibilidad con la estructura puesta a disposici\u00f3n por la CONTRATADA;<\/p>\n<p>d. Fallos causados por mal funcionamiento del software, del servidor, sistema operativo y, si es aplicable, del proveedor tercero del servicio de hospedaje;<\/p>\n<p>e. Las interrupciones necesarias para mantenimiento, pudiendo ser preventivas, correcciones, ajustes t\u00e9cnicos o mantenimiento, las cuales ser\u00e1n avisadas previamente siempre que sea posible y preferiblemente realizadas en el horario de las 18:00 a las 8:00 o durante el fin de semana y feriados;<\/p>\n<p>f. Las intervenciones de emergencia derivadas de la necesidad de preservar la seguridad del servidor, destinadas a evitar o cesar la actuaci\u00f3n de \u201chackers\u201d o destinadas a realizar correcciones de seguridad, quedando la CONTRATADA autorizada a desconectar el servidor de internet, si es necesario;<\/p>\n<p>g. Suspensi\u00f3n de la prestaci\u00f3n de los servicios contratados por determinaci\u00f3n de autoridades competentes, fuerza mayor o por incumplimiento de cl\u00e1usulas del presente contrato;<\/p>\n<p>h. Superaci\u00f3n por el CONTRATANTE del l\u00edmite de la capacidad m\u00e1xima de utilizaci\u00f3n del Disco Duro;<\/p>\n<p>i. Interrupciones o mal funcionamiento causado por fuerza mayor o por empresas terceras como por ejemplo (pero no limit\u00e1ndose a) organismos de registro de dominio, sincronizaci\u00f3n de DNS, etc.;<\/p>\n<p>j. Tiempo utilizado por el CONTRATANTE para validaci\u00f3n de correcciones de errores;<\/p>\n<p>k. Paradas o restauraciones de copias de seguridad de datos por solicitud del CONTRATANTE.<\/p>\n<p>4.4. La CONTRATADA pondr\u00e1 a disposici\u00f3n por defecto 1 (una) direcci\u00f3n al CONTRATANTE para acceso al software NEXLOO, a trav\u00e9s del enlace: https:\/\/app.nexloo.com. A trav\u00e9s de esta direcci\u00f3n, podr\u00e1n accederse otros m\u00f3dulos que eventualmente hayan sido contratados en la Propuesta Comercial, como por ejemplo el ChatBot, pero no limit\u00e1ndose a \u00e9l.<\/p>\n<p>4.5. Es responsabilidad del CONTRATANTE realizar las configuraciones internas en su entorno (por ejemplo, colas, usuarios, etc.) para que el acceso a las direcciones y servicios electr\u00f3nicos puestos a disposici\u00f3n por la CONTRATADA sea posible y la herramienta funcione correctamente.<\/p>\n<p>4.6. La direcci\u00f3n IP utilizada por la CONTRATADA no es fija, pudiendo ser alterada sin comunicaci\u00f3n previa. El uso del software NEXLOO debe considerar siempre<\/p>\n<p>la direcci\u00f3n completa por nombre disponible (https:\/\/app.nexloo.com).<\/p>\n<p>4.7. La CONTRATADA efect\u00faa copia de seguridad (\u201cBackup\u201d) diaria de los archivos que componen las medios (aplicaci\u00f3n), logs y bases de datos existentes en el servidor de PRODUCCI\u00d3N, con el objetivo de uso en contingencias. En caso de necesidad de restauraci\u00f3n, los datos restaurados ser\u00e1n aquellos obtenidos el D\u00cdA ANTERIOR al de la solicitud.<\/p>\n<p>4.8. Si no se especifica expresamente en la propuesta comercial acordada una cuota espec\u00edfica, el l\u00edmite m\u00e1ximo de espacio en disco a ser almacenado es de 5 Gigabytes, sumando todos los archivos del CONTRATANTE, incluyendo, pero no limitando, a la base de datos de producci\u00f3n, copias de seguridad (backups) y aplicaci\u00f3n. Si este l\u00edmite se supera, la CONTRATADA deber\u00e1 informar al CONTRATANTE por escrito y podr\u00e1, a su criterio, reducir la cantidad de backups almacenados de acuerdo con el l\u00edmite en disco contratado, quedando el CONTRATANTE consciente de esta restricci\u00f3n y eximiendo a la CONTRATADA de cualquier responsabilidad por la falta de los mismos.<\/p>\n<p>4.9. Todo el proceso de configuraci\u00f3n de la infraestructura de los servidores remotos e instalaci\u00f3n de los software necesarios para la puesta a disposici\u00f3n del servicio contratado ser\u00e1 realizado exclusivamente por la CONTRATADA, correspondiendo al CONTRATANTE, solo hacer uso de la aplicaci\u00f3n NEXLOO.<\/p>\n<p>4.10. El proceso de actualizaci\u00f3n del entorno, para correcci\u00f3n de eventuales incidentes en el software NEXLOO ser\u00e1 realizado primero en un entorno separado denominado \u201cHOMOLOGACI\u00d3N\u201d. Solo despu\u00e9s de la confirmaci\u00f3n de esta validaci\u00f3n ser\u00e1 transferido al entorno de producci\u00f3n.<\/p>\n<p>4.11. Soporte por WhatsApp: disponible en el idioma Portugu\u00e9s de Brasil, en el horario de 9:00 a 12:00 y de 13:30 a 17:30 (horario oficial de Brasilia), de lunes a viernes, excepto feriados nacionales.<\/p>\n<p>4.12. Respuesta a incidentes: se entiende por incidentes los fallos en la infraestructura de servidores de la CONTRATADA que impiden el acceso al NEXLOO, o limitan su funcionamiento. Estos incidentes que necesiten correcci\u00f3n pueden encuadrarse en una de las siguientes prioridades, para las cuales se acuerdan los plazos para la primera respuesta:<\/p>\n<p>a. Prioridad Alta: sistema no disponible, no siendo posible al CONTRATANTE operar el sistema. En esta situaci\u00f3n la CONTRATADA se compromete a responder el servicio en hasta 8 horas h\u00e1biles. Incidentes abiertos por el CONTRATANTE con prioridad ALTA deben ser analizados conjuntamente con la CONTRATADA, para el consenso sobre este grado de urgencia.<\/p>\n<p>b. Prioridad Media: intermitencia, lentitud o alg\u00fan componente del sistema no operativo, pero es posible operar el NEXLOO. Atenci\u00f3n respondida en hasta 20 horas h\u00e1biles.<\/p>\n<p>4.13. Aunque se permita establecer contacto con el soporte a trav\u00e9s de correo electr\u00f3nico o tel\u00e9fono, los tiempos de atenci\u00f3n empiezan a contarse a partir de su registro en el sistema en l\u00ednea de apertura de solicitudes (enlace aqu\u00ed). Por eso, se recomienda que el CONTRATANTE haga sus solicitudes directamente en el sistema. Tiempos entre el env\u00edo de correo electr\u00f3nico o llamada telef\u00f3nica y el registro en el sistema no ser\u00e1n considerados.<\/p>\n<p>4.14. Requisiciones de servicios, como: restauraci\u00f3n de copias de seguridad, aplicaci\u00f3n de actualizaciones o correcciones del NEXLOO, reconfiguraci\u00f3n de elementos relacionados con la infraestructura de los servidores, ser\u00e1n atendidos preferiblemente dentro de las ventanas de mantenimiento existentes, con una antelaci\u00f3n m\u00ednima de tres d\u00edas h\u00e1biles, no existiendo tiempo de respuesta o de soluci\u00f3n asociado con este tipo de servicio.<\/p>\n<p>4.15. Otros casos de atenci\u00f3n como: dudas, aclaraciones, consultor\u00edas, y otros que no se clasifican como incidentes en el sistema, no est\u00e1n cubiertos por este contrato, aunque, eventualmente, se preste alguno de estos servicios como cortes\u00eda, pero, sin compromiso de tiempo de atenci\u00f3n.<\/p>\n<p>4.16. Puede ser necesario el acceso remoto a la red interna del CONTRATANTE para que se pueda verificar un incidente. Si no es posible, la atenci\u00f3n podr\u00e1 ser cancelada, sin costo para la CONTRATADA.<\/p>\n<p>4.17. El CONTRATANTE autoriza previamente el acceso y copia de la base de datos para eventuales diagn\u00f3sticos y servicios. Si se manifiesta en contrario, eventuales servicios podr\u00e1n no realizarse, sin ning\u00fan costo para la CONTRATADA.<\/p>\n<p>CL\u00c1USULA QUINTA: CONFIDENCIALIDAD<br \/>\n5.1. Se obligan mutuamente CONTRATADA y CONTRATANTE a respetar el derecho de propiedad y de confidencialidad de informaciones accedidas, as\u00ed como a no transferirlas a terceros, en todo o en parte, salvo autorizaci\u00f3n previa una de la otra.<\/p>\n<p>5.2. Todos los estudios ejecutados, proyectos e instrucciones emitidas por la CONTRATADA, para el buen y fiel cumplimiento del servicio, no deber\u00e1n ser, en todo o en parte, utilizados, reproducidos o comunicados a terceros, para fines diferentes del objeto contractual, sin la expresa autorizaci\u00f3n del CONTRATANTE.<\/p>\n<p>5.3. Todas las informaciones proporcionadas por el CONTRATANTE o por la CONTRATADA, con la clasificaci\u00f3n por escrito de \u201cCONFIDENCIAL\u201d, ser\u00e1n mutuamente consideradas como tal, comprometi\u00e9ndose directamente o a trav\u00e9s de sus dirigentes y empleados, a no divulgar o transmitir a terceros.<\/p>\n<p>5.4. La CONTRATADA se compromete, adem\u00e1s, a mantener en secreto todas las informaciones del CONTRATANTE a las que tenga acceso, en consecuencia de la prestaci\u00f3n de los servicios conforme este contrato.<\/p>\n<p>5.5. El CONTRATANTE no podr\u00e1 divulgar los resultados de cualquier prueba o medici\u00f3n de rendimiento a terceros, sin el previo consentimiento, por escrito, de la CONTRATADA.<\/p>\n<p>CL\u00c1USULA SEXTA &#8211; RESPONSABILIDADES DE LA CONTRATADA<\/p>\n<p>6.1. Es responsabilidad de la CONTRATADA:<\/p>\n<p>6.1.1. Poner a disposici\u00f3n una infraestructura de servidores compatible con la cantidad de usuarios descrita en la Propuesta Comercial.<\/p>\n<p>6.1.2. Mediante solicitud previa del CONTRATANTE y programaci\u00f3n, mantener actualizado el Software NEXLOO durante la vigencia del contrato.<\/p>\n<p>6.1.3. Monitorear proactivamente la infraestructura de los servidores actuando de forma preventiva, buscando la mayor disponibilidad posible.<\/p>\n<p>6.1.4. Prestar servicios de soporte t\u00e9cnico conforme descrito en este instrumento.<\/p>\n<p>CL\u00c1USULA S\u00c9PTIMA &#8211; RESPONSABILIDADES DEL CONTRATANTE<\/p>\n<p>7.1. Es responsabilidad del CONTRATANTE:<\/p>\n<p>7.1.1. La instalaci\u00f3n, configuraci\u00f3n, actualizaci\u00f3n y mantenimiento de los equipos necesarios en sus instalaciones para la correcta exhibici\u00f3n del NEXLOO (navegadores, estaciones de trabajo, equipos de red, cables, internet, etc.), dentro de las caracter\u00edsticas, requisitos y procedimientos recomendados por la CONTRATADA.<\/p>\n<p>7.1.2. Proveer adecuaciones de software, hardware o configuraciones en su red interna para adecuarse a nuevos requisitos demandados por actualizaciones disponibles por la CONTRATADA.<\/p>\n<p>7.1.4. Efectuar puntualmente los pagos previstos por los servicios prestados.<\/p>\n<p>7.1.5. Solicitar eventuales propuestas para adecuaci\u00f3n de los servicios contratados a nuevas necesidades de uso, como aumento en el n\u00famero de usuarios, aumento de espacio en disco, nuevos recursos, etc.<\/p>\n<p>7.1.6. El CONTRATANTE se compromete a consultar la legislaci\u00f3n aplicable, en todas sus esferas, para asegurarse de que el uso que pretende hacer del Software\/sistema objeto de este contrato, as\u00ed como los datos que pretende insertar y\/o poner a disposici\u00f3n, est\u00e1n de acuerdo con la misma, responsabiliz\u00e1ndose por eventuales infracciones.<\/p>\n<p>CL\u00c1USULA OCTAVA &#8211; VIGENCIA Y RESCISI\u00d3N<br \/>\n8.1. Se acuerda, desde ya, que no hay plazo m\u00ednimo de permanencia siempre que se haga aviso previo de 30 d\u00edas.<\/p>\n<p>8.1.1. Pasado el per\u00edodo inicial acordado, el silencio de las partes implicar\u00e1 la renovaci\u00f3n autom\u00e1tica mensual de este Contrato por tiempo indefinido.<\/p>\n<p>8.2. El presente contrato podr\u00e1 ser rescindido por cualquiera de las partes, mediante aviso previo por escrito de 30 (treinta) d\u00edas, observado el \u00edtem 8.1.1. arriba. Despu\u00e9s de este per\u00edodo, se pondr\u00e1 a disposici\u00f3n por hasta 5 d\u00edas una copia de seguridad de los datos del CONTRATANTE. Pasada esta fecha, los datos ser\u00e1n eliminados y no podr\u00e1n ser obtenidos m\u00e1s por el CONTRATANTE.<\/p>\n<p>8.3. Este contrato ser\u00e1 susceptible de rescisi\u00f3n por la parte considerada inocente, sin que la parte considerada incumplidora tenga derecho a cualquier indemnizaci\u00f3n solo en la ocurrencia comprobada de motivos de caso fortuito o de fuerza mayor.<\/p>\n<p>8.4. La CONTRATADA se reserva el derecho de rescindir el presente contrato despu\u00e9s de 5 (cinco) d\u00edas de retraso en el pago, ocasi\u00f3n en que los accesos ser\u00e1n interrumpidos y todos los datos y configuraciones del CONTRATANTE ser\u00e1n eliminados de los servidores, independientemente de cualquier aviso o comunicaci\u00f3n, y sin que el CONTRATANTE tenga derecho a cualquier indemnizaci\u00f3n, de cualquier \u00edndole. El CONTRATANTE deber\u00e1 cumplir con sus obligaciones firmadas hasta aquel momento, incluyendo facturaciones pendientes y multas.<\/p>\n<p>CL\u00c1USULA NOVENA \u2013 SOLUCI\u00d3N DE CONTROVERSIAS Y JURISDICCI\u00d3N<br \/>\n9.1. El presente Contrato, con todos sus anexos, incluyendo Propuestas Comerciales acordadas, forman parte del contrato completo entre las partes y reemplaza todos los contratos,<\/p>\n<p>propuestas o declaraciones, orales o escritos, en relaci\u00f3n a su objeto. Ninguna modificaci\u00f3n, correcci\u00f3n o renuncia con relaci\u00f3n a cualquier disposici\u00f3n del presente Contrato entrar\u00e1 en vigor a menos que sea expresada por escrito y firmada. Sin embargo, en caso de conflicto o incongruencia entre lo dispuesto en el cuerpo de este Contrato y cualquier anexo o ap\u00e9ndice del mismo, o de cualquier Propuesta Comercial, prevalecer\u00e1n los t\u00e9rminos del referido anexo, ap\u00e9ndice, o Propuesta Comercial.<\/p>\n<p>9.2. Las Partes eligen el fuero de la comarca de Curitiba\/PR para dirimir cualquier cuesti\u00f3n derivada de este contrato, renunciando a cualquier otro, por m\u00e1s especial o privilegiado que sea.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>CONTRATO DE PRESTACI\u00d3N DE SERVICIOS DE LICENCIAMIENTO DE SOFTWARE &#8211; SAAS CONTRATO DE PRESTACI\u00d3N DE SERVICIOS DE LICENCIAMIENTO DE SOFTWARE [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"site-sidebar-layout":"no-sidebar","site-content-layout":"","ast-site-content-layout":"full-width-container","site-content-style":"default","site-sidebar-style":"default","ast-global-header-display":"","ast-banner-title-visibility":"","ast-main-header-display":"","ast-hfb-above-header-display":"","ast-hfb-below-header-display":"","ast-hfb-mobile-header-display":"","site-post-title":"disabled","ast-breadcrumbs-content":"","ast-featured-img":"disabled","footer-sml-layout":"","theme-transparent-header-meta":"default","adv-header-id-meta":"","stick-header-meta":"","header-above-stick-meta":"","header-main-stick-meta":"","header-below-stick-meta":"","astra-migrate-meta-layouts":"set","ast-page-background-enabled":"default","ast-page-background-meta":{"desktop":{"background-color":"var(--ast-global-color-5)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"tablet":{"background-color":"","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"mobile":{"background-color":"","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""}},"ast-content-background-meta":{"desktop":{"background-color":"var(--ast-global-color-4)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"tablet":{"background-color":"var(--ast-global-color-4)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"mobile":{"background-color":"var(--ast-global-color-4)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""}},"footnotes":""},"class_list":["post-10654","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/nexloo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/10654","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/nexloo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/nexloo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/nexloo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/nexloo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=10654"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/nexloo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/10654\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/nexloo.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=10654"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}